Las ‘reglas de oro’ de la DGT para llevar niños en vehículos
Las normativas de seguridad vial en Europa intentan mejorar la seguridad de los niños en el coche con diversas medidas, entre las que destaca la obligatoriedad de usar los sistemas de retención infantil (SRI), cuyo uso reduce de forma drástica los daños entre los más pequeños en caso de accidente de tráfico.
¿Dónde deben ir sentados los menores en función de su edad?
La Dirección General de Tráfico (DGT) reguló desde 2015 que los menores que no superen la estatura de 135 centímetros deben utilizar una silla infantil en el coche (un SRI) que se adapte a su talla y a su peso, y que esté debidamente homologado. Este sistema de retención deberá ir en el asiento trasero, aunque se atenderán ciertas excepciones.
Excepciones por las que el sistema de retención infantil no vaya en el asiento trasero
Las excepciones incluyen una obviedad: el hecho de que el vehículo no tenga asientos traseros. También podría ocurrir que los asientos traseros estuviesen ocupados por otros menores que presentasen las mismas características, teniendo, por ello, que recurrir al asiento delantero si hay que incluir a otro menor en el vehículo. Otro caso podría ser que la parte trasera no permitiera la instalación de estas sillas infantiles.
Si se dan los casos anteriormente descritos, se recurrirá al asiento delantero siempre que se disponga de un sistema de retención infantil adecuado al peso y a la talla del menor. Cuando se coloque una sillita infantil en el asiento del copiloto en sentido inverso a la marcha (sólo podremos hacerlo si las plazas traseras están ocupadas por niños), siempre tendremos que desconectar el airbag frontal de pasajero. Junto al asiento, o en la puerta, tienes una pegatina que te lo recuerda, y además lo indica la norma. Pero ten en cuenta que no todos los coches permiten desconectar el airbag; en algunos es un elemento opcional. Si el niño va en una sillita en sentido de la marcha el airbag debe ir conectado.
Las novedades de 2017 con respecto a los elevadores
A partir de este año, la normativa estipula que no puede viajar ningún niño en un elevador sin respaldo si mide menos de 125 cm. Los modelos más antiguos permitían a los niños de menos de 125 cm viajar en coche sin respaldo y todavía se venderán, pero sólo durante un tiempo limitado.
La razón es evidente. Los elevadores con respaldo aseguran un mejor encaminamiento del cinturón de seguridad alrededor de los hombros y una protección mejorada en caso de impactos laterales. Este argumento es muy importante, ya que algunos dispositivos de seguridad dentro del vehículo (como cinturones o cortinas de airbag) a menudo no están desarrollados para niños de menos de 125 cm.
Otras consideraciones de seguridad
En muchas ocasiones llevamos objetos en el vehículo que, en el caso de frenazo o colisión, pueden convertirse en verdaderos “proyectiles”. Este hecho se agrava cuando hablamos de pequeños que viajan en un capazo de seguridad, tumbados, o en un portabebés en sentido inverso a la marcha, lo que aumenta el riesgo de impacto directo. Coloca estos pequeños objetos en el suelo, o en el maletero, para evitar estos riesgos.
Los ocupantes adultos, las mascotas o los objetos más voluminosos que llevemos deben ir sujetos con los cinturones o en el maletero, ya que en caso de impacto podemos golpear a los más pequeños al salir despedidos.
Reglas de oro de la DGT
- Nunca llevar al niño en brazos ni utilizar el mismo cinturón de seguridad que el adulto para protegerle.
- El uso de los sistemas de retención infantil (SRI) reduce en un 75% las muertes y en un 90% las lesiones.
- Asegurarse que la silla está bien instalada. No debe moverse. La mejor opción es el anclaje mediante el sistema Isofix.
- La cabeza del niño nunca debe asomar por encima del respaldo de la sillita. Si esto ocurre es necesario cambiarla por otra del grupo superior.
- Los SRI siempre deben ir bien anclados. En los trayectos cortos es donde se acumulan el mayor número de conductas de riesgo.
- Tráfico recomienda seguir utilizando el sistema de retención infantil homologado a su peso y talla hasta que el menor alcance los 150 cm. Con más altura deberá usar el cinturón de seguridad del vehículo.
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